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El congreso ha dado luz verde a la tramitación parlamentaria de la Proposición de Ley de derechos de la persona en el proceso final de su vida, a proposición del Grupo Socialista.

El objetivo de esta ley es dar una respuesta jurídica global que regule los derechos que en relación a la atención sanitaria corresponden a las personas en el proceso final de su vida y garantizar el pleno respeto de su libre voluntad en la toma de las decisiones sanitarias que les afecten en dicho proceso. Asimismo, regula las obligaciones de los profesionales sanitarios que las atienden y determina las obligaciones de las Administraciones públicas e instituciones sanitarias para asegurar el correcto ejercicio de estos derechos

Así, la ley se ocupa de la atención sanitaria en el proceso del final de la vida, concebido como un final próximo e irreversible, eventualmente doloroso y potencialmente lesivo de la dignidad de quien lo padece, para, en la medida de lo posible, aliviarlo en su transcurrir, con respeto a su autonomía, su integridad física y su intimidad personal. Se pretende, de tal forma, asumir legalmente el consenso generado sobre los derechos del paciente y la buena práctica médica en el proceso final de su vida.

Entre los principios de la propuesta destacan el respeto al derecho a la plena dignidad a la persona en el proceso final de su vida; la promoción de la libertad, la autonomía y la voluntad de la persona, de acuerdo con sus deseos, preferencias, creencias o valores, así como la preservación de su intimidad y confidencialidad.

Plantea para ello que el rechazo de un tratamiento no suponga el menoscabo de su cuidado; el derecho a recibir cuidados paliativos integrales; la igualdad y la no discriminación en el acceso a los servicios sanitarios al final de la vida; y la garantía de una atención sanitaria personalizada a través de la coordinación y cooperación entre los sistemas de salud y de servicios sociales.

La propuesta recoge además como derechos de la persona al final de la vida el derecho al consentimiento informado, cuidados paliativos o limitación del esfuerzo terapéutico entre otros, y recoge como derechos de la persona en el proceso final de su vida el derecho a la información asistencial, a la toma de decisiones y al consentimiento informado, a otorgar instrucciones previas, al rechazo y retirada de una intervención, a los cuidados paliativos integrales y al tratamiento del dolor, al acompañamiento y a la intimidad personal y familiar.

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