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La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a RENFE Operadora a indemnizar con 19.648 euros a una pasajera del AVE a la que le cayó sobre la cabeza una maleta grande colocada en el portaequipajes. La mujer, defendida por Santa Cruz Estudio Jurídico, estaba sentada en su asiento y la maleta se encontraba mal situada en la balda superior de los asientos del vagón. Al arrancar el tren después de una parada, el equipaje le cayó encima, dándole un fuerte golpe en la cabeza y produciéndole un extremo dolor de cabeza y del cuello. La perjudicada, que hacía el trayecto Sevilla – Valencia, estuvo 69 días de baja por las secuelas del golpe, que le afectó también a la mandíbula, y recibió durante 82 días tratamiento rehabilitador.

Esta sentencia firme considera que a RENFE Operadora le corresponde una obligación “in vigilando” sobre la colocación de los equipajes en lugares adecuados y sin riesgo para los demás usuarios, “obviamente incumplida” en este caso. El fallo concluye que “RENFE Operadora no ha acreditado que hubiera desplegado la diligencia necesaria para evitar el daño, sin indicar siquiera qué sistema de control seguía respecto de los equipajes colgados en el altillo”. De la indemnización total de 19.648 euros hay que descontar los 3.606 euros que corresponden a la aseguradora de RENFE Operadora por el seguro obligatorio de viajeros. La maleta causante del accidente fue colocada por otro pasajero de manera defectuosa.

Eva Penadés, abogada de la viajera, destaca que la Sentencia estima su planteamiento jurídico respecto a la responsabilidad de RENFE: “En un caso como éste la compañía de transportes es quien debe responder ante el viajero lesionado y no el propietario de la maleta mal colocada, y más en este supuesto. Forma parte del contrato de transporte llevar al viajero de manera segura de una estación a otra y por eso la empresa debe responsabilizarse de que los equipajes no supongan un riesgo para ningún pasajero. Si es posible que caigan equipajes desde el altillo del vagón, eso debe vigilarse y es evitable. Está claro que el viajero siempre tiene derecho a la indemnización del seguro de accidentes de la compañía ferroviaria, pero eso es compatible con una indemnización mayor por la responsabilidad civil de RENFE”.

En primera instancia, el juzgado de lo Mercantil Número 2 de Valencia ya había fallado en 2019 en favor de la demandante y RENFE Operadora recurrió, lo que ha dado lugar a la sentencia firme de la Audiencia Provincial de Valencia en segunda instancia.

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