Por Juan Francisco Solivares Lluch Las prestaciones de la Seguridad Social cubren la responsabilidad objetiva del empresario. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo para considerar la responsabilidad por culpa del empleador no aplica el sentido clásico de la culpa, sino que le exige haber agotado toda diligencia posible como deudor de la seguridad laboral…
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