La Justicia es lenta, pero segura. La reclamación de los derechos de los trabajadores efectuada por el Sindicato CSIF, mayoritario en el ámbito de las administraciones públicas, ha dado recientemente sus frutos tras el reconocimiento de la COVID-19 como enfermedad profesional a un trabajador de un centro de salud donde prestaba sus servicios como auxiliar administrativo.
La resolución judicial es pionera en contemplar la COVID-19 como una enfermedad profesional, tal y como recomienda la OMS, en un supuesto que el contagio de dicha enfermedad se produjo en el lugar de trabajo y ha conllevado secuelas para el trabajador. La calificación como enfermedad profesional es más protectora con los derechos del trabajador que en el caso del reconocimiento como accidente laboral, que es la calificación que ha venido otorgándose hasta la fecha, ya que en el supuesto de acceso a jubilaciones o incapacidades ve minorada la necesidad de determinados requisitos como la carencia. Los trabajadores que se contagiaron por COVID-19 en el lugar de trabajo y les ha ocasionado secuelas ven abierta una puerta para el reconocimiento de sus derechos.
La sentencia la ha dictado el Juzgado de lo Social número 3 de Talavera de la Reina (Toledo), como detalla la noticia de Diario Jurídico.com que puede leer desde este enlace: «El trabajador afectado es un auxiliar administrativo de un centro de salud de Talavera, que se contagió de Covid y al que tanto la Seguridad Social como la mutua le denegaron el reconocimiento de la enfermedad profesional, a pesar de que sufrió en dos ocasiones una incapacidad temporal por síndrome respiratorio agudo derivado del COVID y posteriormente disnea y alteraciones respiratorias que le quedaron como secuelas.»
Juan Francisco Solivares
Socio responsable del Área Laboral santa cruz Estudio Jurídico
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