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El juzgado de primera instancia 25 de Sevilla ha rechazado una demanda de casi 5 millones de € por una supuesta mala praxis en un parto y en el tratamiento del postparto. La demandante había reclamado esta indemnización, demandando a dos médicos que la atendieron, a una clínica, a la compañía aseguradora y a un hospital privado, pero la juez ha desestimado plenamente la demanda al estimar que no existió mala praxis en la atención al parto ni en las posteriores intervenciones médicas. Santacruz Estudio Jurídico ha ejercido en este caso la defensa del hospital privado en que se atendió a la demandante durante el parto y las complicaciones posteriores. La sentencia sostiene que el desgarro en el canal del parto que sufrió la madre es una “complicación frecuente” y la posterior fístula recto-vaginal se debió a que se produjo un bolo fecal porque la paciente no se tomó los laxantes que le recetaron, entre otras cuestiones de las que no son responsables los profesionales.

La juez ha desestimado íntegramente la demanda, que exigía a 4,1 millones de euros más los intereses y costas por una presunta negligencia médica en el parto que tuvo lugar el 1 de junio de 2016. “No puede considerarse probado que haya existido una actuación negligente o contraria a la lex artis” ni por parte de los doctores que atendieron a la paciente ni por otros facultativos del hospital donde se la atendió. La defensa de nuestro despacho al hospital privado la ha realizado Juan Carlos Montealegre, poniendo especial enfoque en todas las cuestiones organizativas del mismo, así como en la puesta a disposición de la paciente todos los servicios profesionales que precisó para atender la grave incidencia surgida.

La sentencia explica que la inducción al parto se hizo cumpliendo con todos los protocolos de la Sociedad Española de Obstetricia y avala la opinión de los peritos, que consideran el desgarro como «una de las complicaciones imprevisibles e inevitables de los partos”. La juez avala que no hubo mala praxis tampoco en el tratamiento de los problemas que sufrió la paciente tras dar a luz. La principal imputación de mala praxis se produjo en la valoración de la gravedad del desgarro y la supuesta falta de pericia en la cirugía de reconstrucción del tabique recto-vaginal, dejando una fístula abierta que produjo posteriores problemas a la paciente. La sentencia destaca que “no existe prueba de que se produjera un desgarro de mayor entidad” que no fuera correctamente valorado por los ginecólogos, que la técnica de sutura no fuera la correcta ni que el alta de la paciente a las 48 horas fuera prematuro.

En Santacruz Estudio Jurídico somos especialistas en el asesoramiento y defensa de profesionales y centros hospitalarios ante demandas por negligencias médicas, así como en cualquier ámbito profesional. En caso de estar afectado o necesitar más información, contacte con nosotros y estudiaremos su caso.

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