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Durante los viajes en el tren es muy frecuente que, ante la ausencia de espacio en las estructuras portaequipajes que existen en las entradas de cada vagón, los viajeros dejemos las maletas colocadas en las estanterías superiores de los asientos.

Siendo esto así, correremos el riesgo, de que una de estas maletas caiga repentinamente sobre nosotros, como así ha ocurrido en alguna ocasión, ocasionando lesiones en las cervicales, en la cara o en los brazos.

Si esto ocurre ¿podemos reclamar a la compañía, en este caso, Renfe Operadora? ¿Quién es el responsable, el propietario de la maleta o la transportista?

En primer lugar, antes de responder a esta pregunta, señalar que, con independencia de que quien sea el culpable, siempre y en todo caso, entra en juego el SEGURO DE ACCIDENTES que por ley viene obligada a contratar la compañía transportista  -en este caso Renfe Operadora- por lo que el viajero tiene siempre derecho a ser indemnizado por los gastos médicos y las secuelas que pudieran quedar, de conformidad con unos baremos establecidos en la norma RD 1575/89 que recoge el Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros.

Gracias al seguro de accidentes de Renfe , el viajero tiene siempre derecho a ser indemnizado por los gastos médicos y las secuelas que pudieran quedar.

Sin embargo, estas indemnizaciones son mucho más limitadas que las que puedan corresponder por responsabilidad civil y, además, son totalmente compatibles con las mismas, es decir, que las cantidades que abone el seguro obligatorio de viajeros no se descuentan de las que se obtengan vía responsabilidad civil.

Partiendo de esta premisa, cuando ocurren los hechos a los que nos referimos -una maleta de las colocadas en las estanterías superiores de los asientos cae sobre un viajero- en nuestra opinión quien deberá responder siempre frente al pasajero lesionado es la compañía de transportes y no el propietario de la maleta mal colocada.

Renfe Operadora tiene la obligación legal de trasladar a los pasajeros de una estación a otra en adecuadas condiciones y sin resultados lesivos, por lo que cuando esto no ocurre, por circunstancias ajenas al propio pasajero-usuario lesionado, existe un incumplimiento defectuoso del contrato de transporte.

Es la compañía la que tiene la obligación de supervisar el estado en que quedan colocadas las maletas para evitar el riesgo de que las mismas se caigan causando lesiones a los usuarios, y no lo hace porque ello implicaría un aumento de tripulación en el tren que conllevaría a su vez una disminución de sus beneficios.

Precisamente porque este riesgo puede evitarse y porque la compañía de transportes obtiene un lucro a su costa, debe responsabilizarse con las consecuencias que ello conlleva para los pasajeros.

Por Eva Penadés, abogada en Santa Cruz Estudio Jurídico 

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